Santamarina Steta

CNH publica diversos Acuerdos en materia de Exploración y Extracción de Hidrocarburos

Resumen Ejecutivo:

  • El 2 de agosto de 2023, la Comisión Nacional de Hidrocarburos publicó diversos Acuerdos en materia de exploración y extracción (E&E) de hidrocarburos. 
  • El objetivo de dichos Acuerdos es administrar y supervisar las asignaciones y los contratos para la E&E de hidrocarburos, al igual que promover el desarrollo de estas actividades en beneficio de México.

El 2 de agosto de 2023, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (“CNH”) publicó, en el Diario Oficial de la Federación, los siguientes Acuerdos en materia de exploración y extracción (E&E) de hidrocarburos:

  1. Acuerdo CNH.E.09.07/2023 por el que se establecen los Criterios Generales para la ampliación de las prórrogas de los periodos de exploración y evaluación previstas en los contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos que resulten aplicables.
  2. Acuerdo CNH.E.09.06/2023 por el que la Comisión Nacional de Hidrocarburos interpreta, para efectos administrativos, los artículos 27, 29 y 35 de los Lineamientos que regulan los Planes de Exploración y de Desarrollo para la Extracción de Hidrocarburos (los “Lineamientos”).
  3. Acuerdo CNH.18.03/2023 por el que la Comisión Nacional de Hidrocarburos interpreta, para efectos administrativos, los artículos 65 y 65 Bis de los Lineamientos que regulan los Planes de Exploración y de Desarrollo para la Extracción de Hidrocarburos.

El objetivo de los Acuerdos es administrar y supervisar las asignaciones, los contratos para la E&E de hidrocarburos, al igual que promover el desarrollo de estas actividades en beneficio del país.

ASPECTOS RELEVANTES

Acuerdo CNH.E.09.07/2023

En el contexto de los contratos aplicables y los Lineamientos, la CNH aprobó diversas prórrogas a los periodos de E&E de hidrocarburos debido a causas que no podían ser atribuidas a los contratistas. Estas causas incluyen problemas de seguridad, retrasos en permisos gubernamentales y falta de equipos de perforación, entre otros.

En este sentido, para ser considerados para la ampliación, los contratistas deben presentar ante la CNH la solicitud 30 días antes del vencimiento del periodo correspondiente. En casos donde el vencimiento esté a menos de 30 días, la solicitud puede presentarse hasta 5 días hábiles posteriores a la publicación del Acuerdo.

La CNH tomará en cuenta tres criterios principales para otorgar la ampliación:

  1. La presentación oportuna de la solicitud.
  2. La persistencia de las causas que motivaron la prórroga inicial o que sigan afectando actualmente las actividades petroleras.
  3. La justificación técnica del periodo de ampliación solicitado.

Estos criterios serán fundamentales para determinar si se otorga o no la ampliación de la prórroga solicitada por los contratistas.

Acuerdo CNH.E.09.06/2023

El Acuerdo CNH.E.09.06/2023 interpreta los artículos 27, 29 y 35 de los Lineamientos y su relevancia radica en el establecimiento de plazos y procedimientos para la aprobación y modificación de los programas de trabajo y presupuestos para los contratos de E&E de hidrocarburos. Estos programas son fundamentales para la planificación adecuada y ejecución de las actividades relacionadas con la E&E de hidrocarburos en el país y para beneficio de la nación. 

Así, la CNH ha decidido homologar los plazos previstos en los artículos 27, 29 y 35 para el caso en que se presenten simultáneamente solicitudes de modificación de algún plan o programa y aprobación del segundo y subsecuentes programas de trabajo y presupuesto o sus modificaciones. En estos casos, los programas de trabajo y presupuesto deberán sujetarse al procedimiento y los plazos establecidos para la aprobación de la modificación principal. 

Esta homologación de plazos busca asegurar la congruencia y eficiencia en los procesos administrativos de la CNH relacionados con las actividades de E&E de hidrocarburos, en cumplimiento de los principios establecidos en la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.

Acuerdo CNH.18.03/2023

Finalmente, mediante el Acuerdo CNH.18.03/2023, la CNH hace una interpretación de los artículos 65 y 65 bis de los Lineamientos. El artículo 65 busca permitir que los operadores petroleros que tengan un programa de transición puedan llevar a cabo actividades preparatorias para la extracción, sin importar si este programa se basa en un informe de evaluación o en un informe de evaluación inicial. El alcance del referido Acuerdo es que se fomente el desarrollo de las actividades de E&E de Hidrocarburos en el país, permitiendo a los operadores petroleros llevar a cabo las actividades de producción temprana y preparatorias para la extracción como parte de su programa de transición, de acuerdo con los Lineamientos. 

El artículo 65 bis de los Lineamientos busca uniformar el contenido del informe de evaluación inicial con el informe de evaluación, con el objeto de establecer las mismas condiciones y un trato igualitario a los operadores petroleros. Lo anterior, a efecto de que puedan llevar a cabo actividades de producción temprana o de actividades preparatorias a la extracción, independientemente si estas se derivan de un informe de evaluación o un informe de evaluación inicial.

En resumen, los Acuerdos en conjunto buscan mejorar el entorno operativo, maximizar el potencial de los recursos de hidrocarburos y fomentar el desarrollo adecuado y beneficioso para el país en el sector de E&E hidrocarburos.

Ligas Relevantes:

Autores

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Pablo Ortiz Mena
Asociado
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