Santamarina Steta

Trabajo transfronterizo: Contratación de trabajadores que laboren desde México

El teletrabajo llegó para quedarse. La dinámica de los mercados y de las relaciones de trabajo exige adaptarse a nuevas tendencias para atraer y retener talento. Lo que surgió por una necesidad hace más de tres años se convirtió en una modalidad permanente que permite a los trabajadores optimizar su balance vida-trabajo. Algunas empresas lo adoptaron para optimizar gastos o incluso atraer talento especializado que pudiera no estar disponible en el lugar de origen, con independencia de donde se encuentre este. Los trabajadores puedan ejecutar el
servicio a distancia, a unas cuadras del centro de trabajo, a unos kilómetros, en otro Estado o incluso en otro país.

A raíz de la pandemia, en México se trabajó para generar regulación más completa. Se agregó un capítulo específico de teletrabajo en la Ley Federal del Trabajo (“LFT”) y recientemente se publicó una Norma Oficial Mexicana para garantizar condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo (NOM-037-STPS-2023), con el objetivo de hacerse más competitivo en el mercado y dar certeza sobre las reglas, sin embargo, se reaccionó tarde y no ha evolucionado con la dinámica requerida. La NOM entrará en vigor en diciembre.

Autores

Juan Carlos de la Vega
Socio
jdelavega@s-s.mx

Samuel Flores
Asociado
sflores@s-s.mx