Santamarina Steta

Contratos Colectivos en México: plazo de legitimación terminado

Resumen Ejecutivo:

  • El 1° de mayo de 2023 se cumplió el plazo otorgado por la Reforma Laboral de 2019 para la legitimación de contratos colectivos en México.
  • Todos los contratos que no hayan sido legitimados o hayan ingresado una solicitud para desahogar el procedimiento de legitimación de contratos antes de esta fecha han sido legalmente terminados. 
  • Aquellos contratos colectivos que cuentan actualmente con una solicitud de procedimiento de legitimación en la plataforma electrónica podrán desahogarse hasta el 31 de julio de este año.

Tras 4 años de planeación, estrategia y ejecución de parte de los sindicatos, el 1° de mayo de 2023 se cumplió el plazo otorgado por la Reforma Laboral de 2019 para la legitimación de contratos colectivos en México, por lo que todos los contratos que no hayan sido legitimados o ingresado una solicitud para desahogar el procedimiento de legitimación de contratos antes del 1° de mayo de 2023 han sido legalmente terminados. 

Aquellos contratos colectivos que cuentan actualmente con una solicitud de procedimiento de legitimación en la plataforma electrónica establecida para tal efecto podrán desahogarse hasta el 31 de julio de este año.

Los contratos colectivos no legitimados se darán por terminado, por lo que los sindicatos perderán la administración de dichos contratos, así como el derecho de cobrar las cuotas sindicales a los trabajadores. No obstante, la terminación de los contratos no representará que los trabajadores pierdan los derechos, prestaciones y/u obligaciones pactadas en ellos, por lo que los patrones tendrán que respetar dichas condiciones. 

Si bien el plazo para legitimar ha concluido, esto no extingue el derecho de los trabajadores para celebrar contratos colectivos, sin embargo, todos los contratos que se celebren a partir de este momento deberán de seguir el proceso para celebración de nuevos contratos colectivos de trabajo establecidos en la Ley Federal del Trabajo.

Por otro lado, los contratos colectivos de trabajo que hayan sido legitimados mediante el apoyo mayoritario de los trabajadores expresado en voto secreto y conforme al procedimiento de consulta establecido en la Ley Federal de Trabajo continuarán vigentes y seguirán surtiendo todos sus efectos legales, siempre y cuando cumplan con las formalidades respectivas para su revisión periódica y cuenten con el apoyo de la mayoría de los trabajadores.  

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, a través de su página web, ha establecido una relación de los contratos de trabajo en México, por lo que en dicho portal es posible revisarlos: https://centrolaboral.gob.mx/listado-cct-legitimados/.

Autores

Juan Carlos de la Vega
Socio
jdelavega@s-s.mx

Andrés Rodríguez
Socio
arodriguez@s-s.mx

Francisco Udave
Socio
fudave@s-s.mx

Denisse Ávila
Asociada
davila@s-s.mx