Santamarina Steta

Nuevos Salarios Mínimos para 2024

Resumen Ejecutivo:

  • El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos fijó los salarios mínimos que regirán a partir del 1 de enero de 2024.
  • A partir de esa fecha, los salarios mínimos generales y los salarios mínimos generales para las profesiones, oficios y trabajadores especiales tendrán un incremento del 20%.

El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (“CONASAMI”) publicó, en el Diario Oficial de la Federación, la resolución a través de la cual fija los salarios mínimos que regirán a partir del 1 de enero de 2024.

A partir de esa fecha, los salarios mínimos generales se incrementarán en un 20%, por tanto, serán los siguientes:

  • Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN): $374.89 pesos diarios. 1
  • Resto del país: $248.93 pesos diarios. 2

El monto del salario mínimo general resulta de tres componentes.

  • Salario mínimo vigente (SGMV) a partir del 1º de enero de 2023
    • ZLFN: $312.41 M.N.
    • Resto del país: $207.44 pesos.
  • Monto Independiente de Recuperación (MIR)
    • ZLFN: $41.26 M.N.
    • Resto del país: $27.40 M.N.
  • Factor de aumento por fijación igual a 6.0% sobre el SMGV y el MIR.
    • ZLFN: $21.22 M.N.
    • Resto del país: $14.09 M.N.

Del mismo modo, los salarios mínimos generales para las profesiones, oficios y trabajadores especiales también tendrán un incremento del 20% en ambas áreas geográficas.

La composición del nuevo salario mínimo es relevante toda vez que el MIR es un monto fijo que tiene por objetivo contribuir a la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo, por tanto, conforme a la propia CONASAMI, no debe ser utilizado como referente para fijar incrementos de los demás salarios vigentes en el mercado laboral.

En caso de requerir información adicional, favor de comunicarse con el socio responsable de sus asuntos o con alguno de los socios mencionados a continuación:

Juan Carlos de la Vega
Socio
jdelavega@s-s.mx
Monterrey | Ciudad de México

Francisco Udave
Socio
fudave@s-s.mx
Monterrey | Ciudad de México

  1.  Integrada por los siguientes municipios: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate, Tijuana, San Quintín y San Felipe, en el Estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el Estado de Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el Estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el Estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el Estado de Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el Estado de Tamaulipas.
  2.  Integrada por el resto de los municipios del país y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que no fueron listadas en el punto anterior y conforman la República Mexicana.