Declaratoria de Vigencia del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en la Ciudad de México
Resumen Ejecutivo:
- Se emite Declaratoria en la Ciudad de México, para la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
I. Antecedente
Para entrar en contexto, recordemos que el 7 de junio de 2023, se publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación, mediante el cual se expidió el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (“CNPCF”).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo segundo transitorio del mencionado decreto, la aplicación a nivel local del CNPCF sería gradual, quedando condicionada a Declaratorias a ser emitidas por los Congresos de cada Estado, previa solicitud del Poder Judicial de cada entidad federativa.
II. Entrada en vigor en la Ciudad de México
El 24 de mayo de 2024, el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Ciudad de México, emitió el Acuerdo número V-33/2024, por medio del cual aprobó el proyecto de Declaración de Vigencia del CNPCF en la Ciudad de México, solicitando su publicación al Congreso de la Ciudad de México.
En este proyecto de Declaratoria, se prevé que la fecha en la que la Declaratoria de Vigencia habrá de ser publicada, así como el inicio de validez y aplicación del CNPCF en la Ciudad de México, detallándose fechas y aspectos procesales civiles y familiares que se aplicarán en esos plazos.
Aunado a lo anterior, se propone que una vez que finalice la implementación del CNPCF en la Ciudad de México, se abrogue el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y en consecuencia se deje de aplicar en las fechas y asuntos donde el CNPCF será el aplicable conforme a lo dispuesto en la Declaratoria de Vigencia.
A continuación, se presentan las fechas y los aspectos procesales que se plantean en el proyecto de Declaratoria:
1.- Materia Civil:
- A partir del 1° de diciembre de 2024, se tramitarán de manera oral: los juicios especiales hipotecarios y de arrendamiento inmobiliario, así como sus procedimientos preparatorios, recursos y medios de defensa,-.
- A partir del 1° de junio de 2025, deberá tramitarse conforme al CNPCF: cualquier procedimiento y controversia relacionados con jurisdicción voluntaria, providencias precautorias, juicios ejecutivos civiles orales, y sus procedimientos preparatorios, recursos y medios de defensa.
- A partir del 15 de noviembre de 2025, se regirán por lo dispuesto en el CNPCF: las controversias y procedimientos tramitados en la vía ordinaria civil oral, vía de apremio y los demás juicios civiles, así como sus recursos y medios de defensa.
De momento, el 4 de julio de 2024, el Congreso de la Ciudad de México publicó un acuerdo, por medio del cual la Mesa Directiva del Congreso acordó un texto que permitirá emitir la Declaratoria de entrada en vigor del CNPCF, misma que debería ser publicada el 2 de agosto de este año en: i) la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y ii) en el Diario Oficial de la Federación.
Por otra parte, el 10 de julio pasado, mediante la Sesión del Pleno del Congreso de la Ciudad de México, se aprobó la promulgación de un “Bloque de Iniciativas para la Homologación de la Legislación Local con el CNPCF”, con el fin de reformar diversos ordenamientos jurídicos de la Ciudad de México. De ello, destaca modificaciones en las siguientes leyes:
- Disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal, aspectos como:
- Personas con discapacidad.
- Derogación del “Testamento público abierto por medios electrónicos”
- Procedimientos de reconocimiento de identidad de género o de reasignación por concordancia sexo genérica.
- Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
- Divorcio unilateral y bilateral.
- Mecanismos Alternos de Solución de Controversias.
- Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México.
- Ley del Notariado para la Ciudad de México.
- Ley de la Procuraduría Social para el Distrito Federal.
- Ley de los Derechos de las Niñas y Niños y Adolescentes de la Ciudad de México.
- Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
- Ley Registral para la Ciudad de México.
- Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México.
- Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México.
Actualmente, se encuentra pendiente la promulgación y publicación del citado bloque de iniciativas.
III. Implicaciones de la Declaratoria de Vigencia.
En conclusión, se abrogará el Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México, es decir, se dejará de aplicar para emplear el nuevo CNPCF.
Diversos ordenamientos jurídicos la Ciudad de México serán reformados para su homologación con el CNPCF.
Esto no afectará los procedimientos en curso al momento de la entrada en vigor del CNPCF, los cuales continuarán tramitándose según la legislación vigente al inicio del proceso –dependiendo el tipo de proceso y las fechas descritas anteriormente-. No obstante, las partes podrán optar de común acuerdo que su caso los juicios activos se tramiten conforme al CNPCF.
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