El uso de la inteligencia artificial en los procesos jurisdiccionales mexicanos
Ante la acelerada transformación digital que caracteriza a la sociedad contemporánea, la inteligencia artificial (“IA”) se ha convertido en un recurso cotidiano con impacto en la educación, el trabajo y la vida personal, al facilitar el manejo de grandes volúmenes de información y optimizar tareas complejas.
Por esta razón, numerosos países e instituciones internacionales han emitido marcos normativos, directrices éticas y lineamientos generales que buscan definir los alcances, límites y requisitos mínimos para un uso responsable y transparente de esta tecnología.
A manera de ejemplo, en junio de 2024 el Parlamento Europeo aprobó el “Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial” (Regulation (EU) 2024/1689 of the European Parliament and of the Council laying down harmonised rules on artificial intelligence). Su finalidad es garantizar que el desarrollo y uso de la IA en la Unión Europea se realice de manera segura, ética y en respeto a los derechos fundamentales. Para ello, el reglamento clasifica distintos usos de la IA en función del riesgo que representan y exige condiciones de transparencia, supervisión humana y rendición de cuentas para impulsar la innovación tecnológica con responsabilidad.
En dicho Reglamento se califica como alto riesgo cualquier sistema de IA destinado a asistir a los juzgadores en la investigación de hechos, la interpretación del derecho o la resolución de casos concretos, al advertir que estos pueden impactar en la democracia, el Estado de derecho y la tutela judicial efectiva. Por ello, exige que tales herramientas operen únicamente como auxiliares y bajo estricta supervisión humana, dejando claro que la decisión jurisdiccional final debe seguir siendo una función exclusivamente humana para garantizar imparcialidad, transparencia y protección de los derechos fundamentales.
Ante el crecimiento acelerado del uso de la IA, en nuestro país resulta necesario se analice cuidadosamente esta situación y se adopte una regulación específica que delimite su alcance, usos y límites en consonancia con los derechos fundamentales de los gobernados; no obstante, hasta la fecha no se ha expedido ninguna ley que regule de manera integral su utilización.
No obstante lo anterior, en el ámbito de impartición de justicia, el 22 de agosto de 2025 se publicaron dos criterios judiciales emitidas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito (“Tribunal Colegiado”), de títulos:
- INTELIGENCIA ARTIFICIAL APLICADA EN PROCESOS JURISDICCIONALES. ELEMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN OBSERVARSE PARA SU USO ÉTICO Y RESPONSABLE CON PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS.
- INTELIGENCIA ARTIFICIAL APLICADA EN PROCESOS JURISDICCIONALES. CONSTITUYE UNA HERRAMIENTA VÁLIDA PARA CALCULAR EL MONTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE FIJEN EN LOS JUICIOS DE AMPARO.
A manera de contexto, en un proceso judicial seguido ante el Tribunal Colegiado, dicha autoridad resolvió modificar un monto fijado por concepto de garantía para la inscripción de una demanda de amparo en una oficina registral.
En la sentencia dictada por el Tribunal Colegiado, se abordó el tema del uso de la inteligencia artificial para que, en auxilio de los juzgadores, se logrará abordar y determinar correctamente el monto de la garantía referida, con base en datos aritméticos y matemáticos.
En ese sentido, dicho órgano colegiado analizó minuciosamente el uso de dicha herramienta en calidad auxiliar para su función jurisdiccional, concluyendo que en virtud del avance de las nuevas tecnologías y las tendencias de justicia digital, la IA se constituye como un mecanismo innovador de carácter no obligatorio, para automatizar tareas administrativas y facilitar el razonamiento numérico dentro de las funciones jurisdiccionales.
Así las cosas, tratándose de procesos jurisdiccionales, el uso ético y responsable de la IA con perspectiva de derechos humanos obliga a las personas juzgadoras a observar determinados principios de proporcionalidad; protección a la intimidad y datos personales; transparencia; explicabilidad; y, supervisión y decisión humanas.
Estos lineamientos y estándares éticos permiten el uso de la IA única y exclusivamente para fungir como una herramienta auxiliar en la labor jurisdiccional, sin que haya lugar a la sustitución de un estudio humano minucioso y detallado de cada caso concreto, previo a la emisión de cualquier resolución judicial. Adicionalmente, es dable considerar que para garantizar un debido uso de dicha herramienta tecnológica, los juzgadores deben explicar detalladamente cuál va a ser el uso auxiliar que dicha herramienta tendría lugar en el proceso judicial concreto, sistematizando tareas y el manejo de los grandes volúmenes de información.
De este modo, los criterios judiciales recientes dan pie a que se vaya introduciendo el uso de la herramienta digital de IA, limitando su aplicación exclusivamente como un apoyo a tareas complejas y técnicas, sin sustituir en ningún momento la capacidad y obligación humana de impartición de justicia, respetando así, los principios de debida fundamentación y motivación que debe de contener toda resolución judicial.
En conclusión, los recientes criterios judiciales marcan un precedente para la incorporación de la IA en la función jurisdiccional, dejando claro que su papel debe ser meramente auxiliar y nunca sustitutivo. Sin embargo, ante la acelerada transformación tecnológica, resulta indispensable que los legisladores mexicanos expidan una regulación integral que establezca parámetros claros y lineamientos éticos para su uso, garantizando la protección de los derechos fundamentales y la transparencia en los procesos. Estas tesis, por tanto, constituyen un primer acercamiento para el desarrollo de un marco normativo que permita aprovechar las ventajas de la IA en la impartición de justicia, sin comprometer la imparcialidad ni la función humana en la toma de decisiones.