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Errores formales en devoluciones fiscales: nueva jurisprudencia cierra la puerta a solicitudes repetidas.

  • El 11 de julio de 2025, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó la jurisprudencia 2a./J. 33/2025 (11a.), relativa a la procedencia de nuevas solicitudes de devolución fiscal tras una negativa fundada en errores formales.
  • La SCJN determinó que, cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) niega una solicitud de devolución por razones de forma, el contribuyente debe impugnar esa negativa mediante un recurso legal en el plazo establecido por la ley. Si no lo hace, perderá definitivamente el derecho a volver a presentar la solicitud, incluso si corrige posteriormente los errores que originaron el rechazo.

Este criterio es especialmente relevante para empresas y personas físicas contribuyentes que habitualmente solicitan devoluciones de impuestos, ya que modifica una práctica extendida: corregir observaciones formales y volver a presentar la solicitud sin iniciar un medio de defensa.

Con esta jurisprudencia, la Corte busca evitar que las devoluciones fiscales se conviertan en trámites indefinidos o cíclicos, cerrando la puerta a la reiteración de solicitudes si no se ejercen oportunamente los mecanismos de defensa. En otras palabras, la negativa inicial se convierte en definitiva si no se impugna, aunque el error que la motivó haya sido menor.

Desde nuestra perspectiva, este nuevo parámetro debe entenderse como una advertencia y una oportunidad. Una advertencia, porque imponer una mayor carga de diligencia al contribuyente, al implicar que cualquier descuido procesal puede traducirse en la pérdida definitiva de un derecho económico legítimo. Y una oportunidad, porque abre la puerta a fortalecer los procesos internos, prevenir contingencias y posicionar una estrategia fiscal sólida desde el primer acto de autoridad.

Implicaciones prácticas:

  • Los contribuyentes deberán revisar con mayor detalle los requisitos formales de sus solicitudes antes de su presentación, pues un error puede volverse irreversible si no se impugna oportunamente.
  • Las áreas jurídicas y contables deberán coordinarse para asegurar la interposición oportuna de medios de defensa ante cualquier negativa de devolución, aun cuando no se trate de una cuestión de fondo.
  • La jurisprudencia tendrá un efecto disuasorio sobre solicitudes reiteradas y podría reducir la carga administrativa del SAT, al incentivar la definición de controversias en sede jurisdiccional desde la primera negativa.

Así, consideramos que este precedente representa un parteaguas al reforzar una visión garantista del procedimiento tributario, en la que el ejercicio efectivo de los derechos requiere de una defensa activa y oportuna por parte de los particulares.

Por lo que, en un entorno donde los saldos a favor representan una fuente relevante de liquidez, y ante un SAT cada vez más estricto en la validación de comprobantes y requisitos formales, la asesoría especializada deja de ser una opción para convertirse en una necesidad operativa crítica.ras a evaluar los riesgos a los cuales las personas trabajadoras que permanecen de pie durante su jornada están expuestos a fin de determinar las acciones a realizar.

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