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NOM sobre Teletrabajo: Condiciones de seguridad y salud en el trabajo

4 Jul, 2023
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Resumen Ejecutivo:

  • El 8 de junio de 2023 fue publicada la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2022, que establece las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que se deben respetar en los lugares ajenos al centro de trabajo bajo la modalidad de Teletrabajo.
  • Su objetivo es prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral.
  • La Norma entrará en efecto el 5 de diciembre de 2023. 

El 8 de junio de 2023 fue publicada, en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2022, que establece las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que se deben respetar en los lugares ajenos al centro de trabajo en donde las personas trabajadoras realizarán sus actividades bajo la modalidad de Teletrabajo, a fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral.

Las principales obligaciones patronales que serán materia de inspección y posible sanción en caso de incumplimiento son:

  • Contar con un listado actualizado de personas teletrabajadoras que contenga por lo menos: nombre de las personas trabajadoras; género, estado civil y actividades a desarrollar; nombre y perfil de puesto; tiempo (en porcentaje) de la relación laboral que usa para realizar Teletrabajo; número telefónico de contacto; domicilio de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo; lugares de trabajo propuestos por las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo y convenidos con el patrón; razón social y domicilio del centro de trabajo; así como el equipo de cómputo y ergonómico otorgado a la persona trabajadora.
  • Contar con evidencia de que: a) las personas trabajadoras tienen medios de conectividad, así como que manejan Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs); b) que el lugar o lugares de trabajo que de común acuerdo se establecieron son fijos y cuentan con condiciones de seguridad y salud en el trabajo, con énfasis en el buen estado de las instalaciones eléctricas, con iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas adecuadas; c) se documenta el cambio de modalidad de Teletrabajo a presencial y viceversa; d) se proporciona capacitación al menos una vez al año sobre condiciones de seguridad y salud; y, d) se da seguimiento a los avisos de accidente de trabajo que, en su caso, reporten las personas teletrabajadoras.
  • Contar y difundir con una Política de Teletrabajo que contemple, entre otros rubros: la prevención de riesgos de trabajo y mecanismos de comunicación; reglas de contacto y supervisión que garanticen el derecho a la privacidad de las personas; jornada máxima y pausas para descanso; balance vida-trabajo y perspectiva de género; derechos de madres trabajadoras; mecanismos para informar al patrón los cambios de domicilio y traslados temporales; mecanismos de atención de casos de violencia familiar, así como derecho a la reversibilidad y programas de mantenimiento de equipos, entre otros.
  • Contar con una lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo, que permita certificar que se cuenta con un área limpia y ordenada, iluminada, con temperatura y ventilación agradable, con un nivel de ruido que no impide la concentración y con mobiliario que evite lesiones, incluyendo un escritorio, mesa o plano de trabajo donde la persona trabajadora pueda apoyar cómodamente los brazos (sentada y/o de pie) sin accesorios u obstáculos debajo y una silla ergonómica o de otro tipo, apropiada a las actividades a desarrollar. 
  • Proporcionar facilidades a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene para que realice la validación de la lista de verificación, ya sea por una visita física al lugar de trabajo o de forma remota por medio de TICs, e incluso por medio de autoevaluaciones periódicas.

Se incluyen diversos Apéndices para apoyar al cumplimiento de las obligaciones, siendo los más relevantes: 1) Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo; 2) Política de Teletrabajo; y, 3) Recomendaciones para seleccionar una silla ergonómica.

La Norma entrará en efecto a los 180 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, esto es, el 5 de diciembre de 2023. 

El texto íntegro de la NOM-037 puede consultarse directamente en la siguiente liga: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5691672&fecha=08/06/2023#gsc.tab=0

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