Inicio » Publicaciones y Eventos » Updates » Paquete económico para 2026: Conoce los cambios a la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal del próximo año
El 8 de septiembre de 2025, el Ejecutivo Federal presentó a la Cámara de Diputados la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2026.
A continuación, les presentamos un resumen de las propuestas que más llaman la atención.
- Actualizar la tasa de recargos a 1.38% mensual sobre saldos insolutos, 1.42% mensual para pagos a plazos de hasta 12 meses, 1.63% para plazos de más de 12 meses y hasta 24 meses y 1.97%% mensual para plazos superiores a 24 meses.
- Mantener el beneficio de disminución de multas por infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas al pago, en función del momento que se efectúe la autocorrección, así como conservar el descuento del 50% de la multa que corresponda, luego del inicio de facultades de comprobación pero antes del acta final u oficio de observaciones y 40% en revisión electrónica.
- Mantener distintos estímulos fiscales, como por ejemplo, los destinados a la adquisición de diésel o biodiésel y sus mezclas, a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre público y privado, de carga o pasaje, así como el turístico, que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota o enajenación de libros, periódicos y revistas.
- Aumentar al 0.90% la tasa fija de retención sobre el monto de capital que de lugar al pago de intereses por parte del sistema financiero.
- Mantener el apoyo a personas físicas que tributen en el RESICO, dedicadas exclusivamente al sector primario, consistente en que únicamente paguen ISR sobre sus ingresos, únicamente sobre el excedente a 900 mil pesos.
- No deducibilidad de las cuotas pagadas al IPAB por las instituciones de banca múltiple.
- Homologar el tratamiento de la deducción de créditos incobrables aplicable a las instituciones de crédito con el resto de los contribuyentes, eliminando su tratamiento especial.
- Aumentar la tasa de retención de ISR a personas físicas al 2.5% por enajenación de bienes y prestación de servicios a través de plataformas electrónicas y establecer una tasa de retención del 4% a personas morales, e incluso del 20% en los casos en los que no proporcionen la clave del RFC a las plataformas digitales.
- Extender a las plataformas digitales de intermediación nacionales y extranjeras la obligación de retener IVA, en los siguientes casos:
- A las personas morales en los mismos términos que a las personas físicas.
- A residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México que enajenen bienes en territorio nacional.
- A los oferentes de bienes y servicios en territorio nacional cuando les depositen los pagos en cuentas bancarias o de depósito en el extranjero.
- Ampliar la información que las plataformas digitales deben proporcionar al SAT.
- Establecer que la retención provisional de ISR por intereses en operaciones de préstamo de valores se realice sobre el premio pagado al prestamista y no sobre el monto del capital.
- Flexibilizar los requisitos para otorgar a los fondos de capital privado en inversiones en el mercado nacional, los requisitos para otorgarles transparencia fiscal, a fin de trasladar la carga administrativa y económica de la obligación del pago del impuesto a sus integrantes, miembros o inversionistas, para que los fondos se enfoquen exclusivamente en su objeto social.
- Mantener el programa de regularización fiscal dirigido a personas morales y físicas para facilitar el pago de adeudos, aumentando el límite de sus ingresos totales hasta 300 mdp.
- Otorgar facilidades para repatriación de capitales que se hubiesen mantenido en el extranjero hasta el 8 de septiembre de 2025, consistente en pagar el ISR aplicando una tasa del 15% sin deducción alguna, con la condición de que los capitales sean invertidos en actividades productivas en el país y que, en caso de distribuir dividendos o realizar reembolsos de capital durante un periodo de tres años, se retenga el 20% de ISR a las personas físicas en lugar del 10%.
- Liberar de cargas tributarias y administrativas a las personas físicas y morales que participen en la organización de la Copa Mundial de la FIFA 2026.
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