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Reforma Constitucional al Sector Eléctrico Mexicano

El 5 de febrero del año en curso el entonces Presidente Andres Manuel López Obrador envió a la Cámara de Diputados un paquete de reformas constitucionales, entre las que se encuentra el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de áreas y empresas estratégicas.

  • El 31 de octubre de 2024 la Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos citados.
  • El 6 de noviembre de 2024 se dio a conocer la Estrategia Nacional del Sector Eléctrico.
  • Queda pendiente la expedición de las leyes secundarias que den contenido a la reforma, a ser emitidas en un periodo de 180 días.

  1. Empresas Públicas: La reforma revierte la naturaleza jurídica de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) como y de Petróleos Mexicanos (PEMEX) de Empresas Productivas del Estado para volver a su carácter de empresas públicas, desapareciendo el requisito de rentabilidad enfocándose en la eficacia del sistema.
  2. Prevalencia y servicio público: Relacionado con el punto anterior está la inserción en la reforma en el sentido de que los particulares no podrán tener prevalencia sobre CFE -cuya esencia radica en cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y accesibilidad del servicio público de electricidad.
    • Resultan preocupantes las menciones a la prevalencia de CFE en un mercado abierto a la competencia en materia de generación y comercialización, apertura reconocida en los tratados comerciales de los que es parte nuestro país, así como la reinserción de un concepto de servicio público, superado hace más de diez años en un contexto en el que las actividades abiertas en materia de generación y comercialización se desarrollan por los particulares con base en permisos otorgados a partir del órgano regulador y no de concesiones, con las consecuencias de derecho que implica dicha distinción.
  3. Participación del sector privado: La reforma aprobada al texto constitucional indica que las leyes secundarias la forma en que los particulares puedan participar en actividades de la industria eléctrica.

La realidad del país nos demuestra el rezago padecido durante los últimos años en materia de generación de electricidad y la clara necesidad de contar con el sector privado (solo el 7.5% de nueva capacidad fue aportada por CFE en el periodo 2028-2023).

En este sentido, sería de esperar que las leyes secundarias incluyan nuevos mecanismos de participación para el sector privado en actividades de generación y comercialización de electricidad.

Por otra parte, aun cuando la reforma elimina del texto constitucional la posibilidad de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en actividades de transmisión y distribución, no descartamos que las leyes secundarias incluyan algún mecanismo que permita al Estado mexicano apoyarse en el sector privado para la construcción y el mantenimiento de líneas de transmisión y distribución eficientes.

Al rezago en materia de generación de electricidad deben sumarse factores como los compromisos en materia de finanzas públicas que enfrenta la presente administración y la necesidad de modernizar e incrementar la red nacional de transmisión y las redes generales de distribución.
Las señales enviadas por el gobierno al sector privado con un discurso propositivo y metas ambiciosas en materia energética hacen pensar que el sector dará mayor cabida a una participación eficiente de los sectores público y privado.

La Estrategia Nacional del Sector Eléctrico incluye información relevante relacionada con la participación del sector privado y los planes de inversión en el sector:

  1. La inversión público-privada alcanzaría 32.4 billones de dólares en los próximos 5 años.
  2. Se estima que las empresas privadas instalen entre 6,400 y 9,550 MW con inversiones entre 6 y 9 billones de dólares.
  3. Las empresas privadas podrán participar mediante: la venta de energía a CFE en contratos a largo plazo, empresas productoras mixtas (público-privadas) y generando energía para el mercado eléctrico.
  4. Se ampliará el umbral para operar en sitio sin necesidad de permiso a 0.7 MW y se fomentará el consumo en sitio sin excedentes a la red de 0.7 a 20 MW para fomentar polos de desarrollo y parques industriales.
  5. Se simplificará y digitalizará la realización de trámites administrativos en el sector.

Se recomienda estar atentos a estas oportunidades de inversión en el sector eléctrico derivadas del contenido de las leyes secundarias en la materia y el detalle de los mecanismos y planes de inversión.

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