Santamarina Steta

CRE establece el procedimiento de regularización y continuidad en solicitudes de cesión de permisos de hidrocarburos

Resumen Ejecutivo:

  • El 12 de enero de 2024 se publicó el Acuerdo Núm. A/080/2023 por el que la Comisión Reguladora de Energía establece el procedimiento para regularizar las obligaciones incumplidas por los permisionarios de hidrocarburos y garantizar la continuidad del servicio en beneficio del interés público.
  • El Acuerdo se enfoca en permitir a la CRE continuar con sus actividades reguladas, ordenar el mercado y proteger los intereses de los usuarios finales. 
  • El Acuerdo es aplicable a aquellos permisionarios que voluntariamente deseen regularizar incumplimientos u ofrecer la cesión de su permiso.

El 12 de enero de 2024 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”), el Acuerdo Núm. A/080/2023 (el “Acuerdo”) por el que la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) establece el procedimiento para regularizar las obligaciones incumplidas por los permisionarios y garantizar la continuidad del servicio en beneficio del interés público, en la atención de solicitudes de cesión de permisos de expendio al público, a través de estación de servicio con fin específico de petrolíferos, Gas Natural o Gas Licuado de Petróleo, a que se refiere el artículo 53 de la Ley de Hidrocarburos.

El Acuerdo tiene como objetivo establecer un mecanismo eficiente de regularización para los permisionarios de expendio de hidrocarburos. Se enfoca en permitir a la CRE continuar con sus actividades reguladas, ordenar el mercado y proteger los intereses de los usuarios finales. 

El Acuerdo es aplicable a aquellos permisionarios que voluntariamente deseen regularizar incumplimientos u ofrecer la cesión de su permiso, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Hidrocarburos (“LH”). De no ser el caso, se subraya que la CRE retendrá sus atribuciones de supervisión y sanción, incluyendo la revocación o multa de permisionarios que actúen de manera irregular.

En concordancia con el Acuerdo, se subraya que la cesión de permisos o actividades reguladas, según lo dispuesto en el artículo 53 de la LH, requiere la autorización previa de la CRE. Para obtener esta autorización es necesario que los permisos estén vigentes, el cedente haya cumplido con todas las obligaciones y el cesionario cumpla con los requisitos para ser permisionario. Además, las solicitudes de cesión deben tramitarse a través de una solicitud de modificación de permiso, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 48 del Reglamento de la LH (“El Reglamento”).

En virtud del Acuerdo, se destaca que la LH, el Reglamento y el título del permiso establecen las obligaciones de los permisionarios en las actividades reguladas. El análisis de la Unidad de Hidrocarburos revela que la mayoría de los permisionarios con solicitudes de cesión pendientes han incumplido con las obligaciones normativas. Entre los incumplimientos más comunes se encuentran:

  • La falta de contratación de seguros.
  • La omisión de dictámenes anuales de cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas.
  • El incumplimiento en el pago de supervisión anual del ejercicio fiscal correspondiente a la fecha en que se presente la solicitud de modificación por cesión del Permiso, así como de los demás ejercicios fiscales anteriores con adeudos.
  • La realización de cesiones sin la autorización correspondiente. 

Estos incumplimientos son considerados infracciones según la LH, lo que otorga a la CRE la facultad de imponer sanciones administrativas, como la revocación o multa, de acuerdo con los artículos 56 y 86 de la LH.

El procedimiento de regularización incluye pasos como la notificación de la procedencia de adhesión, la manifestación de alegatos por parte del permisionario y la acreditación del cumplimiento de la sanción. Se establece una excepción para la regularización, limitando su beneficio a una única ocasión por cada permiso. También se aborda la cesión de permisos en casos de sucesión, asegurando la designación legal de albaceas o herederos para cumplir con las obligaciones.

Además, en situaciones en las cuales se autorice la cesión del permiso conforme a este Acuerdo, sólo será posible realizar una nueva cesión después de un periodo de cinco años a partir de la notificación del documento que certifica el cumplimiento de la sanción correspondiente. Este enfoque tiene como objetivo asegurar la continuidad de la actividad regulada y prevenir especulaciones y prácticas indebidas que podrían afectar a los usuarios.

Finalmente, la iniciativa impone requisitos estrictos para la cesión de permisos, destacando la necesidad de cumplir con las obligaciones normativas. Asimismo, se subraya la capacidad de la CRE para imponer sanciones en caso de incumplimientos, promoviendo la responsabilidad y transparencia en el sector. Con la restricción temporal para nuevas cesiones se busca prevenir especulaciones y prácticas indebidas. 

En resumen, este Acuerdo refleja un compromiso de la CRE con la regulación efectiva y la protección de los intereses públicos en el sector de hidrocarburos.

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Autores

Norma Álvarez
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