Ir al contenido principal
bigstock Aerial View Of Mining Residual 475337355

Programas voluntarios para el cumplimiento de la calidad de las descargas de aguas residuales

Diciembre 2022 | Versión impresa

  • En marzo de 2023 entrarán en vigor nuevos parámetros que exigen que las aguas residuales tengan una mejor calidad.
  • Los lineamientos establecen la posibilidad de que quienes descarguen aguas residuales propongan a la CONAGUA a más tardar el 3 de abril de 2023 un programa de cumplimiento con acciones concretas para mejorar la calidad de las aguas residuales.
  • Quien no presente este programa deberá asegurar que sus descargas cumplan con los nuevos parámetros a partir del 3 de abril de 2023.

En marzo de 2022 se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021 (NOM), la cual establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación. En ella se establecen nuevos límites y condiciones más estrictas que deben cumplir las descargas de aguas residuales a ríos, lagos y el subsuelo, otorgando un año para que quienes realicen dichas descargas (los “Sujetos Obligados”) adecuen sus procesos para asegurar que cumplirán con la NOM.

Para facilitar a los Sujetos Obligados el cumplimiento de la NOM, el 5 de diciembre de 2022 se publicaron los Lineamientos que establecen las Disposiciones administrativas de carácter general para la presentación de los programas para el cumplimiento establecidos en el artículo cuarto transitorio de la NOM (los “Lineamientos”).

LINEAMIENTOS AL CUMPLIMIENTO DE LA NOM

Los Lineamientos establecen que los Sujetos Obligados que deban modificar sus instalaciones y/o cambiar sus procesos productivos podrán presentar ante la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) un programa de cumplimiento en donde se establezcan acciones, condiciones y metas para que sus descargas cumplan con la NOM, dando como plazo máximo el 11 de marzo de 2027.

La presentación de los programas de cumplimiento es voluntaria, y podrá hacerse desde el 11 de marzo y
hasta el 3 de abril de 2023.

Quienes opten por no presentar el programa, deberán asegurar que sus descargas cumplan con los lineamientos de la NOM a partir del 3 de abril de 2023.

Si la CONAGUA comprueba que los Sujetos Obligados no cumplen con los compromisos establecidos en el programa, dicha Comisión procederá a la cancelación del mismo. En dicho caso, el Sujeto Obligado deberá cumplir de forma inmediata con la NOM.

El incumplimiento a los parámetros establecidos en la NOM sería equivalente a descargar agua contaminada, lo que daría lugar a responsabilidades administrativas, ambientales, civiles y penales.

¿QUÉ RECOMENDAMOS?

Primeramente, verificar las obligaciones derivadas del permiso de descarga, asegurar que la planta de tratamiento se encuentre en óptimas condiciones, y que se practiquen periódicamente los análisis de descarga y declaraciones ante la CONAGUA, asegurando que se cumplen las condiciones de descarga actuales.

Posteriormente, comprobar con los análisis a las aguas residuales actuales y con la opinión técnica de expertos, si la descarga actual cumple o no con los parámetros establecidos en la NOM. Si las descargas actuales no cumplen con los requisitos de la NOM, es recomendable formular el programa de cumplimiento que refieren los Lineamientos y presentarlo ante la CONAGUA en el plazo correspondiente.

Por último, recomendamos un acompañamiento jurídico y técnico que asegure el adecuado cumplimiento de la NOM, así como de la Ley de Aguas Nacionales.

Para consultar la publicación original en el DOF, visita: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5673265&fecha=05/12/2022#gsc.tab=0

bigstock Inscription Metaverse On Proce 473480119

Metaverse and the reconstruction of the current legal paradigms

El metaverso implica una reconstrucción de los paradigmas jurídicos actuales en materia de Propiedad Intelectual. Paola Morales y Daniel Legaspi colaboran en la edición especial de The Patent Lawyer Magazine y The Trademark Lawyer Magazine, donde examinan los posibles riesgos para la protección de los datos personales en el metaverso y la importancia del acuerdo de consentimiento en el cambiante panorama.

Consulta el artículo aquí: https://www.santamarinasteta.mx/wp-content/uploads/2022/11/The-Patent-Lawyer_Legal-Paradigms-Metaverse.pdf

O lee la revista completa en: The Patent Lawyer Magazine

bigstock Close Up Of Judge Gavel With S 459202043

Vacaciones dignas: Senado aprueba ampliación del periodo vacacional

Versión para imprimir | Noviembre 2022

  • El Senado aprobó la iniciativa para reformar los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, la cual propone ampliar el periodo vacacional de los trabajadores.
  • El aumento de las vacaciones también representa un incremento en el pago de la prima vacacional.
  • La discusión y aprobación de dicha iniciativa continuará con el proceso legislativo en la Cámara de Diputados.

Leer nota completa aquí.

SS INSIGHTS AGUA SITIO

Explotación responsable del agua: situación jurídica en México

Versión para imprimir | Junio 2022

El agua es un recurso vital no sustituible y es debido a esto que cualquier uso o alteración implica un impacto a todo el ecosistema. Entre las medidas del gobierno mexicano para salvaguardar este recurso hay una serie de normativas y autoridades cuyo fin es explotar de manera responsable, garantizar el acceso a todas las personas y asegurar que las futuras generaciones también cuenten con capital hídrico.

Las aguas nacionales son consideradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como todas las aguas marinas interiores, acuíferos, depósitos naturales del subsuelo, así como lagunas, esteros, lagos y ríos. La propiedad de estas aguas está reglamentada en la Ley de Aguas Nacionales (LAN).

Leer nota completa aquí.

shutterstock 1230224188

Desafíos del Mercado Eléctrico en México

La transición del sector eléctrico arrancó de forma acelerada, acorralando a todas las sociedades con permisos de autoabasto en el país.

Aunque se tiene previsto que la figura de autoabasto eléctrico desaparezca de forma gradual, de acuerdo con la legislación vigente y con el último contrato otorgado hasta mayo de 2039, el Gobierno federal busca cancelar 110 permisos con más de 77 mil clientes para la compra-venta de energía, dando pie a una incertidumbre jurídica que augura cientos de litigios en el segundo semestre de 2022.

Y es que el polémico modelo de generación eléctrica aseguraba que un total de 468 sociedades privadas y públicas operaran sus propias plantas eléctricas en México y así no dependieran del suministro de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), pero sí de la red paraestatal. Sin embargo, con la entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) y la creación del Mercado Eléctrico Mayorista, la modalidad de autoabasto quedó desierta y hoy son 347 permisos los que esperan que sus Contratos de Interconexión Legados caduquen.

Continúa leyendo el documento aquí.

shutterstock 242978251

Relación Bilateral México-China: Oportunidades de Negocio

Han pasado más de 40 años desde que la República Popular China (RPC) abrió su economía al mundo, implementando la denominada Gaige Kaifang o “Reforma y Apertura” implementada por Deng Xiaoping. Esta serie de reformas tuvieron como objetivo repudiar el maoísmo y abrirse al mundo, consiguiendo que el Producto Interno Bruto (PIB) pasara de representar el 1.75% de la economía global a concentrar el 15% de la riqueza mundial, convirtiéndose así en la segunda economía más grande del mundo y en la principal potencia en manufactura.

Inversión mexicana en China: claves para su expansión

Debido al acercamiento que han tenido México y China en los últimos años, la oportunidad de inversión bilateral no podría ser mejor. Pese a lo anterior, antes de tomar cualquier decisión es recomendable analizar la situación del negocio actual, cuáles son sus metas, objetivos, qué es lo que quieren lograr en el corto, mediano y largo plazo, y restricciones imperantes en China ante la situación global actual.

Continúa leyendo el documento aquí.

shutterstock 1828085321

Protección de negocios a través de Medios Alternos de Solución de Controversias

¿Cómo proteger tu negocio a través de cláusulas contractuales que prevean medios alternativos de solución de controversias (MASC)?

Las disputas en el mundo de los negocios, como en las demás facetas de la vida, no son algo deseado, pero desagraciadamente siempre se pueden presentar y muchas veces son inevitables. Por ello, siempre es mejor estar listos y contar con buenas herramientas para afrontar un conflicto contractual en forma estratégica y debidamente preparados.

Desde el punto de vista legal, una forma de estar listos para enfrentar una disputa es a través de los medios alternos de solución de controversias.

Continúa leyendo el documento aquí.

shutterstock 1773340118

Títulos de Concesión para la explotación de Aguas Nacionales: Recomendaciones para conservar un valioso activo

De acuerdo con nuestra Constitución, el agua que se encuentra en el territorio (incluyendo ríos, lagos y acuíferos) es propiedad de la Nación. Por lo anterior, el uso y aprovechamiento de la misma está regulado y, en general, es necesario contar con un título de concesión expedido por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) para explotar aguas nacionales.  

Si bien el acceso al agua es un derecho humano, este recurso se ha vuelto cada vez más escaso. Además, en el año 2022, México padeció sequías que comprometieron el acceso al agua. 

Por ello, CONAGUA ha priorizado la verificación del cumplimiento de los títulos de concesión otorgados para usar agua en actividades industriales, agrícolas o con otro fin económico, a fin de suspender o revocar aquellos títulos con incumplimientos. Asimismo, durante 2022 fue más común que CONAGUA caducara volúmenes de agua concesionada que no se estuvieran utilizando. Estas acciones con el fin de asegurar el suministro de agua para consumo humano. 

En ese sentido, recomendamos a los titulares de una concesión para explotar aguas nacionales considerar los siguientes puntos para evitar la imposición de multas o perder los derechos otorgados en los títulos de concesión y, con ello, comprometer su suministro de agua: 

  1. Evitar exceder el volumen de agua concesionada. Extraer más agua de la permitida por el título de concesión correspondiente es un incumplimiento que pudiera derivar en la imposición de multas e incluso la revocación de la concesión.  
  1. Evitar la caducidad mediante el pago de cuotas de garantía o la inversión en tecnologías de ahorro de agua. Los volúmenes de agua concesionados que no se utilicen durante dos años consecutivos podrían ser caducados por la CONAGUA y, por lo tanto, restados del volumen autorizado. En dicho caso, el concesionario perdería el derecho a explotar los volúmenes caducados.  Para evitar la caducidad es posible realizar el pago de una cuota de garantía a la CONAGUA. Este pago se calcula en función al volumen de agua concesionado y el utilizado en el periodo de dos años, y tiene como función avisar a la CONAGUA que el concesionario tiene interés de utilizar este volumen en el futuro. Asimismo, es posible realizar inversiones para implementar proyectos que tengan como fin el ahorro y uso eficiente del agua, los cuales se deben avisar a CONAGUA antes de que concluyan los dos años en los que se ha utilizado menos agua. Cabe señalar que este tipo de proyectos también pueden ayudar a cumplir las políticas ESG (“environmental, social and governance”) de una empresa. 
  1. Apegarse a los términos y condiciones establecidos en el título de concesión correspondiente. Los concesionarios deberán cumplir con las obligaciones de pago y operativas establecidas en el título de concesión para evitar caer en incumplimientos cruzados que pudieran derivar en la suspensión o revocación del título de concesión, así como la imposición de multas, actualizaciones y recargos. Además de la expedición y administración de los títulos de concesión para explotar aguas nacionales, CONAGUA tiene facultades de fiscalización para verificar el pago de derechos por la explotación de aguas nacionales y, en caso de detectar incumplimientos, imponer multas y exigir actualizaciones y recargos, así como de velar por que los cuerpos de agua no sean sobreexplotados. 
  1. Verificar que los medidores se encuentren en funcionamiento. Los concesionarios están obligados a cuantificar su consumo mediante el uso de medidores autorizados por CONAGUA. En caso de detectar una avería, deberán notificarlo inmediatamente a CONAGUA para evitar anomalías en los registros de consumo de agua, mientras que el medidor es reparado. 
  1. Llevar una contabilidad del agua. Los concesionarios están obligados a presentar declaraciones del consumo que realicen y a pagar derechos por dicho consumo a través de la plataforma DECLARAGUA.
  1. Usar el agua extraída para el uso autorizado en el título de concesión. Los títulos de concesión establecen el uso al que podrá dedicarse el agua extraída. El uso para fines distintos a los autorizados es un incumplimiento del concesionario que pudiera derivar en la revocación de la concesión. 
  1. Solicitar la prórroga de la concesión al menos 6 meses antes de que concluya su vigencia. A diferencia de otras autorizaciones que permiten solicitar su prórroga en cualquier momento previo a su vencimiento, las prórrogas de las concesiones se deben solicitar con al menos 6 meses de anticipación al término de su vigencia.  
  1. Evitar suministrar agua a terceros. Sólo el titular de una concesión puede utilizar el volumen extraído. Se requiere de una autorización de CONAGUA, o en algunos casos específicos haber notificado previamente a dicha autoridad, para suministrar agua a terceros (incluyendo a personas relacionadas y empresas filiales). El incumplimiento de lo anterior pudiera derivar en la revocación de la concesión. 
  1. Verificar el cumplimiento de una concesión previo a su adquisición. Previo a la adquisición de concesiones para la explotación de aguas nacionales en el mercado del agua es recomendable llevar a cabo una auditoría. En caso de que el titular de la concesión correspondiente hubiera incumplido con sus obligaciones, dichos incumplimientos pudieran afectar su validez y derivar en la negativa de CONAGUA a autorizar su transmisión. 

La mayoría de las actividades económicas requieren del uso de agua. No obstante la implementación de tecnologías para el ahorro y aprovechamiento sustentable del agua, algunas industrias requieren de grandes volúmenes de agua para su operación, y la falta de la misma podría incluso comprometer su operación. Por ello, los títulos de concesión para la explotación de aguas nacionales son activos valiosos que deben cuidarse para mantenerlos en vigor y poder seguir contando con acceso a este recurso.

shutterstock 1517690216

Recomendaciones para la descarga legal de aguas residuales a ríos, lagos y subsuelo

Gran parte de las actividades económicas requieren descargar aguas residuales. Si bien en algunos casos es posible verter a los sistemas de alcantarillado, en otros, el agua residual se debe descargar en ríos, lagos o directamente en el subsuelo, ya sea porque no existe infraestructura de alcantarillado o porque las autoridades que operan el alcantarillado no lo permiten. 

Desafortunadamente, una mala gestión en las descargas de agua residual ha ocasionado que algunos ríos y lagos presenten altos niveles de contaminación. Como ejemplo, en 2021, la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) monitoreó 788 ríos y lagos en todo el país, y alrededor de 300 reportaron alguna clase de contaminación. 

La contaminación del agua es un factor preocupante para todos, pues genera diversos conflictos ambientales y sociales. Por ello, la CONAGUA ha ordenado el cierre definitivo de algunos proyectos y ha impuesto sanciones y la obligación de remediar a quienes generan las descargas. 

Considerando lo anterior, recomendamos a quienes descarguen aguas residuales a ríos, lagos y subsuelo considerar los siguientes puntos para asegurar que su descarga sea legal: 

  1. Tener un permiso de descarga emitido por la CONAGUA. Quien pretenda descargar aguas residuales a ríos, lagos y subsuelo debe obtener previamente este permiso. En ese sentido, el riego de áreas verdes con agua residual es considerado como una descarga al subsuelo. Realizar descargas sin contar con este permiso pudiera derivar en la imposición de multas y la clausura de las actividades que originan el vertimiento. 
  1. Evitar descargas contaminantes. Es necesario tener una planta de tratamiento de aguas en óptimas condiciones para que las aguas residuales a descargar cumplan con los parámetros establecidos en la NOM-001-SEMARNAT-1996. Es importante señalar que en marzo de 2023 entrará en vigor la NOM-001-SEMARNAT-2021, que establece parámetros de calidad más estrictos. 
  1. Presentar las declaraciones en el sistema DECLARAGUA y, en su caso, pagar derechos. Los titulares de un permiso de descarga deben informar a la CONAGUA la calidad y cantidad de las aguas residuales vertidas, así como pagar los derechos correspondientes. Si el titular demuestra que las sustancias en las descargas se encuentran dentro de los límites máximos permisibles establecidos en la norma oficial mexicana, quedará exento de dicha obligación de pago. Para ello, deberá presentar un análisis de calidad de las aguas residuales. 
  1. Asegurarse de que el laboratorio que emita los análisis esté autorizado por la CONAGUA y acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación. Si el laboratorio no tiene la acreditación y/o la autorización vigentes, sus análisis serán inválidos y no se podrá solicitar la exención al pago de derechos. 
  1. No exceder el volumen de descarga permitido. Descargar más agua de la autorizada, aún si no está contaminada, pudiera derivar en la imposición de sanciones. 
  1. Solicitar el permiso de descarga con base en las proyecciones y estimaciones del agua residual que se pretende descargar. En caso de discrepancias en las declaraciones, la CONAGUA podría exigir el pago de derechos por la totalidad del volumen permitido (sin importar si en realidad se descargó un volumen inferior).
  1. Evitar diluir las descargas de agua residual. Estos es considerado como una infracción grave que puede derivar en la clausura del proyecto. Además, CONAGUA podría exigir el pago de derechos por el volumen total establecido en el permiso. 
  1. Solicitar la prórroga del permiso al menos 6 meses antes de que concluya su vigencia. A diferencia de otras autorizaciones que permiten solicitar su prórroga en cualquier momento previo a su vencimiento, las prórrogas del permiso se deben solicitar con al menos 6 meses de anticipación al término de su vigencia.  
  1. Obtener un título de concesión para utilizar las zonas ribereñas de ríos o lagos. La ribera del río o lago se considera como una zona federal competencia de CONAGUA. Si el titular de un permiso de descarga pretende construir instalaciones para el vertimiento (como rampas o tuberías) en esta área, deberá obtener un título de concesión por parte de CONAGUA. 

El cuidado de ríos, lagos y aguas del subsuelo es de suma importancia para asegurar el equilibrio ecológico. Además, con ello se preservará el suministro de agua para consumo humano y actividades económicas. En suma, las descargas de aguas residuales en estos ecosistemas deben hacerse con mucha responsabilidad y en pleno cumplimiento a la normatividad ambiental.

shutterstock 1412318690

1er Foro Laboral Coparmex – ANADE Querétaro

Los invitamos al 1er Foro Laboral Coparmex – ANADE Querétaro, un evento con información relevante sobre materia laboral para la mejor toma de decisiones.

Víctor Coria y Emily Manzewitsch participan en el panel “Mejores prácticas para afrontar juicios individuales”.


23 de febrero | 13:30 hrs.
Centro de Congresos Querétaro | Salón El Corregidor

Continuar leyendo