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Generadores de Residuos Peligrosos

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Santamarina + Steta es uno de los “Mejores Lugares para Trabajar LGBTQ+ 2023”

Como parte de las acciones para promover el respeto de los derechos humanos de todas las personas que colaboran en Santamarina + Steta, la Firma continúa promoviendo acciones en pro de la diversidad LGBTQ+.

Gracias a las prácticas puestas en marcha para el fomento y adopción de la diversidad, con orgullo anunciamos que hemos logrado obtener el certificado “Mejores Lugares para Trabajar LGBTQ+” de la Fundación Human Rights Campaign.

La Fundación Human Rights Campaign (HRC) es una organización no gubernamental que tiene por objetivo la mejora de la vida de las personas LGBTQ+, al aumentar la comprensión y alentar la adopción de políticas y prácticas inclusivas en los espacios de trabajo alrededor del mundo.

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Emisión de Certificados Bursátiles de INVEX Controladora

INVEX Controladora, S.A.B. de C.V. (“INVEX”) obtuvo, de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, el oficio de autorización para inscribir en el Registro Nacional de Valores un programa dual de certificados bursátiles de corto y largo plazo hasta por un monto máximo de $6 ́000,000,000.00 M.N. (Seis mil millones de Pesos 00/100 Moneda Nacional), con carácter revolvente (el “Programa”). Al amparo del Programa, INVEX llevó a cabo la primera emisión de certificados bursátiles de largo plazo por la cantidad de $1,025 ́000,000.00 M.N. (Mil veinticinco millones de Pesos 00/100 Moneda Nacional). INVEX Casa de Bolsa, S.A. de C.V., INVEX Grupo Financiero fungió como intermediario colocador de la transacción. 

Santamarina + Steta, con el apoyo del equipo liderado por Sergio Chagoya, Diego Ostos, Elias Zaga, Sebastián Samayoa y Ariel Sevilla, actuó como asesor legal de la emisora en este proceso.

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Procedimiento para los Usuarios Calificados que reciben el Suministro de Último Recurso

Versión para imprimir | Diciembre 2022

Resumen Ejecutivo

  • El 6 de diciembre de 2022, la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) publicó el Acuerdo A/028/2022 con el procedimiento aplicable a los Usuarios Calificados que se encuentren recibiendo el Suministro de Último Recurso para garantizar la continuidad del suministro eléctrico.
  • Mediante el Acuerdo, la CRE garantiza que los Usuarios Calificados no se queden sin suministro eléctrico durante el tiempo que los Suministradores Calificados no puedan prestar el Suministro Eléctrico, mediante la extensión de plazos para que un Usuario Calificado pueda continu ar en Suministro de Último Recurso hasta en tanto el Usuario Calificado afectado reciba el suministro eléctrico de otros Suministradores.
  • El Suministro de Último Recurso solamente opera en caso de que el Suministrador de Servicios Calificados deje de prestar el suministro eléctrico, y deberá proveerse bajo precios máximos a los Usuarios Calificados, por tiempo limitado, con la finalidad de mantener la continuidad del servicio.

El 6 de diciembre de 2022, la CRE publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo A/028/2022 (el “Acuerdo”) con el procedimiento aplicable a los Usuarios Calificados que se encuentren recibiendo el Suministro de Último Recurso, a efectos de garantizar la continuidad del suministro eléctrico bajo cualquiera de las modalidades existentes conforme al artículo 56 de la Ley de la Industria Eléctrica (“LIE”) y el numeral 35, fracción V, de las Disposiciones Administrativas de Carácter General, que establecen las condiciones generales para la prestación del suministro eléctrico (“DACG de Suministro Eléctrico”)”.

El Suministrador de Último Recurso es aquel permisionario que ofrece el Suministro de Último Recurso a los Usuarios Calificados y representa en el Mercado Eléctrico Mayorista a los Generadores Exentos que lo requieran.

El Suministro de Último Recurso solamente opera en caso de que el Suministrador de Servicios Calificados deje de prestar el suministro eléctrico, y deberá proveerse bajo precios máximos a los Usuarios Calificados, por tiempo limitado, con la finalidad de mantener la continuidad del servicio.

Mediante el Acuerdo, la CRE garantiza que los Usuarios Calificados no se queden sin suministro eléctrico durante el tiempo que los Suministradores Calificados no puedan prestar el suministro eléctrico debido a que haya caído en alguno de los supuestos del artículo 56 de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) o en lo previsto por el numeral 35, fracción V de las DACG de Suministro Eléctrico.

CONTENIDO DEL ACUERDO

La LIE señala que, en caso de incumplimiento de las obligaciones de pago o de garantía de un Suministrador de Servicios Calificados, o cuando un Suministrador de Servicios Calificados deje de prestar servicios a un Generador Exento o a un Usuario Calificado por cualquier motivo, sin que éstos hayan elegido otro Comercializador, el Suministrador de Último Recurso prestará el Suministro de Último Recurso a los Usuarios Calificados afectados hasta en tanto éstos contraten el Suministro Eléctrico, o bajo cualquiera de las modalidades existentes.

Por su parte, las DACG de Suministro Eléctrico establecen que el Suministro de Último Recurso podrá ofrecerse a los Usuarios Calificados que lo requieran por un tiempo máximo de cuatro meses.

El Acuerdo señala la existencia de casos de Usuarios Calificados que, entre los años 2018- 2022 han presentado problemas y afectaciones con su Suministrador Calificado y han sido asignados al Suministro de Último Recurso, excediendo el plazo de cuatro meses para proporcionar el Suministro Eléctrico.

Así, la CRE emite el procedimiento que deben seguir los Usuarios Calificados y Suministradores de Último Recurso3 cuando un Usuario Calificado haya sido asignado al Suministro de Último Recurso conforme a los Mecanismos para la asignación de Usuarios Calificados a los Suministradores de Último Recurso , y cuyo plazo máximo de cuatro meses para recibir el Suministro de Último Recurso haya finalizado. Se establece que se deberán presentar las siguientes solicitudes a la CRE:

  1. Extensión del plazo en el Suministro de Último Recurso por un periodo de cuatro meses.
  2. Otorgar un plazo improrrogable para que los Usuarios Calificados puedan dar cumplimiento a los requerimientos para los Sistemas de Medición debido al cambio de Suministrador.
  3. Contratar el Suministro de Servicios Básicos por un plazo no mayor de 12 meses bajo las condiciones de la modalidad.

En ese sentido, el Acuerdo señala que para que la CRE otorgue la autorización correspondiente, los Usuarios Calificados deben seguir el procedimiento general y el procedimiento específico para cada uno de los supuestos anteriores.

Continua leyendo el documento completo aquí: Procedimiento para los Usuarios Calificados que reciben el Suministro de Último Recurso

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Vacaciones dignas

Versión para imprimir | Diciembre 2022

  • El 14 de diciembre de 2022, el Senado aprobó la iniciativa para reformar los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones dignas.
  • Las modificaciones serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo en vigor, siempre y cuando resulten más favorables a los derechos de los trabajadores.
  • El aumento de las vacaciones también representa un incremento en el pago de la prima vacacional.

Desde 1970 en que la Ley Federal del Trabajo en vigor fue publicada, los artículos que establecen el periodo otorgado a los trabajadores por el concepto de vacaciones no habían sido actualizados.


El 14 de diciembre de 2022, el Senado aprobó la iniciativa para reformar los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones dignas.


Dentro de dicha iniciativa se propone ampliar el periodo vacacional al que los trabajadores tienen derecho para quedar de la siguiente manera:

Años laboradosDías de vacaciones
Año 112 días
Año 214 días
Año 316 días
Año 418 días
Año 520 días
De 6 a 10 años22 días
De 11 a 15 años24 días
2 días por cada 5 años subsecuentes.

Además, se permite a los trabajadores disponer mínimo de 12 días continuos, a menos que el trabajador prefiera distribuirlo diferente.

Asimismo, las modificaciones del presente decreto serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre y cuando resulten más favorables a los derechos de los trabajadores.

Es importante conocer que el aumento de las vacaciones no tiene únicamente un impacto laboral, sino que también representa un incremento en el pago de la prima vacacional, al calcularse este beneficio con base en el número de días de vacaciones.

Se espera que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) previo al cierre del año 2022 para que entre en vigor a partir del 1 de enero 2023.

Descarga la nota completa aquí.

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Santamarina + Steta forma parte del Consejo Consultivo de la CANAMI

La Cámara Nacional del Maíz Industrializado (CANAMI) trabaja construyendo alianzas entre los sectores público, privado y social para fortalecer el mercado mexicano de maíz industrializado y apoyar la construcción de soluciones en temas agroalimentarios.

El pasado 28 de octubre se instaló el Consejo Consultivo, el cual emitirá opiniones expertas a la Mesa Directiva y a los afiliados en materia de regulaciones federales y estatales, Normas Oficiales Mexicanas (NOMs), iniciativas del Poder Legislativo y diversos temas medulares para la industria agroalimentaria.

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Programa nacional para la prevención y gestión integral de los residuos 2022-2024

Diciembre 2022 | Versión impresa

  • El Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 2022 – 2024 establece objetivos, estrategias e indicadores para evitar la generación de residuos o, bien, para asegurar que los residuos se manejen de forma integral de tal suerte que no afecten al ambiente o a terceros.
  • Dentro de las estrategias más importantes se establece la modificación y actualización de la normatividad ambiental federal, estatal y municipal que regulan los residuos peligrosos, de manejo especial y sólidos urbanos.
  • Siempre es un buen momento para modificar los hábitos de consumo, ser responsable de los residuos e implementar acciones para asegurarse de no contaminar.

El 5 de diciembre de 2022, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 2022- 2024 (“el Programa”).

Por medio de objetivos, metas y lineamientos, el Programa tendrá efectos vinculantes sobre la propia SEMARNAT y las autoridades ambientales estatales y municipales para evitar la contaminación del ambiente y daños a la salud ocasionados por el mal manejo de residuos peligrosos, de manejo especial y sólidos urbanos.


Objetivos prioritarios del Programa

1. Incrementar la capacidad del mercado de reciclaje de residuos sólidos urbanos: Existe un uso irracional de los recursos naturales y, con ello, una generación igualmente irracional de residuos. Por ello, se buscará fomentar la recolección separada de los residuos y fortalecer el reciclaje.

2. Adecuar las normas para una gestión integral de residuos: Ya que las normas actuales no han sido capaces de prevenir la contaminación proveniente de los residuos.

3. Promover la creación de infraestructura y equipamiento necesario para el manejo sustentable de los residuos: Por lo que se buscará crear equipos que permitan recolectar, separar y tratar los residuos.

4. Profesionalizar, desarrollar y fortalecer a los prestadores de servicios (formales e informales) que intervienen en la gestión de residuos.

5. Crear una cultura responsable con la generación y el manejo de los residuos: Todos los sectores productivos participan en la generación de residuos, por lo que cada uno debe asumir esa responsabilidad.

Estrategias del Programa

El Programa establece estrategias prioritarias, acciones puntuales e indicadores para promover la participación de todos los sectores en el manejo responsable de los residuos, el incremento del reciclaje, las soluciones integrales para la gestión de los residuos y la creación de infraestructura para asegurar un efectivo control. Entre las cuales destacan:

1. Crear mecanismos de fomento y apoyo público al mercado del reciclaje y la valorización económica de los subproductos, para evitar la generación de residuos.

2. Implementar procesos y mejoras tecnológicas para fomentar la prevención de generación de residuos, mediante la comercialización de los subproductos y materiales recuperables.

3. Promover el consumo responsable, así como la prevención y la reducción de la generación, la valorización y la disposición final de los residuos sólidos urbanos.

4. Fortalecer la normatividad para la gestión de los residuos.

5. Incrementar las labores de inspección y vigilancia.

¿Qué proponemos?

Cada uno debe ser responsable de su consumo de recursos, prevenir en la medida de lo posible la generación de residuos, llevar a cabo la adecuada gestión de aquellos desechos generados, asegurándose de que sean reutilizados o reciclados y, como última instancia, confinados de forma segura.

En el caso de las empresas, se recomienda verificar que la gestión de residuos se realice de conformidad con la legislación, al amparo de un registro como generador actualizado. Además verificar que el transporte y disposición final de residuos se lleve a cabo mediante empresas debidamente autorizadas.

Para consultar las publicaciones originales visita:

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Programas voluntarios para el cumplimiento de la calidad de las descargas de aguas residuales

Diciembre 2022 | Versión impresa

  • En marzo de 2023 entrarán en vigor nuevos parámetros que exigen que las aguas residuales tengan una mejor calidad.
  • Los lineamientos establecen la posibilidad de que quienes descarguen aguas residuales propongan a la CONAGUA a más tardar el 3 de abril de 2023 un programa de cumplimiento con acciones concretas para mejorar la calidad de las aguas residuales.
  • Quien no presente este programa deberá asegurar que sus descargas cumplan con los nuevos parámetros a partir del 3 de abril de 2023.

En marzo de 2022 se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021 (NOM), la cual establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación. En ella se establecen nuevos límites y condiciones más estrictas que deben cumplir las descargas de aguas residuales a ríos, lagos y el subsuelo, otorgando un año para que quienes realicen dichas descargas (los “Sujetos Obligados”) adecuen sus procesos para asegurar que cumplirán con la NOM.

Para facilitar a los Sujetos Obligados el cumplimiento de la NOM, el 5 de diciembre de 2022 se publicaron los Lineamientos que establecen las Disposiciones administrativas de carácter general para la presentación de los programas para el cumplimiento establecidos en el artículo cuarto transitorio de la NOM (los “Lineamientos”).

LINEAMIENTOS AL CUMPLIMIENTO DE LA NOM

Los Lineamientos establecen que los Sujetos Obligados que deban modificar sus instalaciones y/o cambiar sus procesos productivos podrán presentar ante la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) un programa de cumplimiento en donde se establezcan acciones, condiciones y metas para que sus descargas cumplan con la NOM, dando como plazo máximo el 11 de marzo de 2027.

La presentación de los programas de cumplimiento es voluntaria, y podrá hacerse desde el 11 de marzo y
hasta el 3 de abril de 2023.

Quienes opten por no presentar el programa, deberán asegurar que sus descargas cumplan con los lineamientos de la NOM a partir del 3 de abril de 2023.

Si la CONAGUA comprueba que los Sujetos Obligados no cumplen con los compromisos establecidos en el programa, dicha Comisión procederá a la cancelación del mismo. En dicho caso, el Sujeto Obligado deberá cumplir de forma inmediata con la NOM.

El incumplimiento a los parámetros establecidos en la NOM sería equivalente a descargar agua contaminada, lo que daría lugar a responsabilidades administrativas, ambientales, civiles y penales.

¿QUÉ RECOMENDAMOS?

Primeramente, verificar las obligaciones derivadas del permiso de descarga, asegurar que la planta de tratamiento se encuentre en óptimas condiciones, y que se practiquen periódicamente los análisis de descarga y declaraciones ante la CONAGUA, asegurando que se cumplen las condiciones de descarga actuales.

Posteriormente, comprobar con los análisis a las aguas residuales actuales y con la opinión técnica de expertos, si la descarga actual cumple o no con los parámetros establecidos en la NOM. Si las descargas actuales no cumplen con los requisitos de la NOM, es recomendable formular el programa de cumplimiento que refieren los Lineamientos y presentarlo ante la CONAGUA en el plazo correspondiente.

Por último, recomendamos un acompañamiento jurídico y técnico que asegure el adecuado cumplimiento de la NOM, así como de la Ley de Aguas Nacionales.

Para consultar la publicación original en el DOF, visita: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5673265&fecha=05/12/2022#gsc.tab=0

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Metaverse and the reconstruction of the current legal paradigms

El metaverso implica una reconstrucción de los paradigmas jurídicos actuales en materia de Propiedad Intelectual. Paola Morales y Daniel Legaspi colaboran en la edición especial de The Patent Lawyer Magazine y The Trademark Lawyer Magazine, donde examinan los posibles riesgos para la protección de los datos personales en el metaverso y la importancia del acuerdo de consentimiento en el cambiante panorama.

Consulta el artículo aquí: https://www.santamarinasteta.mx/wp-content/uploads/2022/11/The-Patent-Lawyer_Legal-Paradigms-Metaverse.pdf

O lee la revista completa en: The Patent Lawyer Magazine

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Vacaciones dignas: Senado aprueba ampliación del periodo vacacional

Versión para imprimir | Noviembre 2022

  • El Senado aprobó la iniciativa para reformar los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, la cual propone ampliar el periodo vacacional de los trabajadores.
  • El aumento de las vacaciones también representa un incremento en el pago de la prima vacacional.
  • La discusión y aprobación de dicha iniciativa continuará con el proceso legislativo en la Cámara de Diputados.

Leer nota completa aquí.